Hay personas que al mudarse a otro país y empezar una vida desde cero, no terminan de adaptarse por diversos motivos, uno de ellos son los impuestos.
Quizá la principal causa de esto es que en su país de origen las leyes fiscales sobre impuestos y demás obligaciones tributarias no sean tan exigentes, sino que se toman el tema un poco más a la ligera, cosa que no debería ser así.
Todo radica en acostumbrarse a las leyes de esa nueva nación a la cual emigraste, ya que lógicamente no podremos hacer las cosas que hacíamos en nuestra tierra sin que esto tenga consecuencias legales. Por ejemplo, en muchos lugares del mundo está prohibido vender artículos de cualquier índole de manera ambulante mientras caminas por la calle.
¿Por qué te decimos y hacemos mención de todo esto? Pues el motivo de ello es que como te comentamos en los párrafos anteriores, todos los países tienen leyes distintas a los otros, pero en esos mismos, pueden haber regiones o comunidades autónomas –caso de España- donde posean leyes completamente diferentes, es por eso que hoy te hablaremos del Modelo 425.
Modelo 425 qué es
¿Qué es el Modelo 425 y qué importante tiene para las personas que están obligadas a presentarlo? Pues a esa y a muchas preguntas más, les daremos una respuesta bastante concreta, con la que quedarás absolutamente satisfecho, porque quizá ignores alguno que otro detalle referente a este modelo que nos ofrece la Agencia Tributaria, pero no la estatal.
El Modelo 425 es una declaración recapitulativa del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) donde se reúnen todas y cada una de las operaciones llevadas a cabo a lo largo de un año. Cabe destacar a modo de recordatorio que el IGIC es un impuesto que únicamente deben presentar cada tres meses las personas que residen en la Islas Canarias, en especial los trabajadores autónomos y empresarios.
Es por esto que los contribuyentes canarios deberán conocer al pie de la letra o como la palma de su mano, los modelos 420 y 425, y es que son los que deben presentar ante la Agencia Tributaria Canaria para dar cuenta de las operaciones que han estado ejecutando. El 420, por ejemplo, se utiliza al momento de presentar las autoliquidaciones que estén sujetas al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Este es un modelo que funge como el IVA en dicha Península, aunque es propio de las Islas Canarias.
Esta autoliquidación debe ser presentada durante los primeros 20 días siguientes al mes en el que se haya presentado el impuesto. Con respecto a sus plazos, cumple los mismos de la liquidación trimestral del IVA. Incluso, también debe presentarse en abril, julio, octubre y diciembre. La última de estas se tendrá que presentar junto al Modelo 425.
Modelo 425 cuándo se presenta
¿Cuándo se debe presentar el Modelo 425? ¡Acá te lo responderemos! El Modelo 425, como te comentamos en los párrafos de arriba, debe ser presentado una vez al año, al no más dar por finalizado el ejercicio. Esto quiere decir que el trabajador autónomo o empresario tendrá que presentarlo entre el 1º y el 30 de enero de cada año para el ejercicio anterior.
Pero no solo es el Modelo 425 el que deberás presentar, sino que tendrás que hacerlo de manera conjunta con la declaración del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) del último trimestre del año anterior. Referente a cómo se presenta este modelo, podrás hacerlo de forma telemática o en papel, pero eso sí, en la delegación de la Agencia Tributaria Canaria más cercana a tu domicilio. Toma en cuenta que si la haces en físico, tendrás que adjuntarlas con las declaraciones trimestrales del año anterior.
Sé que debes estar preguntándote qué tipo de información debe declararse a través del Modelo 425, y es que este es un modelo o documento de carácter meramente informativo, el cual debe traer consigo toda la información tributaria del IGIC relativa a las operaciones realizadas en todo el año. Principalmente, esta es la información que deberás tener a la mano al momento de presentarlo:
1-La base imponible de todas y cada una de las operaciones del año. 2-El tipo de IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) aplicado a todas las operaciones de carácter anual. 3-La cuota tributaria de todas las operaciones. En el documento, tendrás que hacer constar de las deducciones efectuadas –IGIC deducible- durante el año en las compras que guarden relación estrecha con la actividad.
Por si no lo sabías, como dato adicional, el Modelo 425 está compuesto, de manera fundamental, por dos aspectos bastante importantes: 1-Las operaciones anuales llevadas a cabo en el régimen general u otros regímenes específicos. 2-Las deducciones efectuadas durante el año, donde van englobadas las operaciones nacionales como en las de importación e inversión.
Obligación Modelo 425
Los contribuyentes que están en la entera obligación de presentar el Modelo 425, son todos aquellos autónomos y empresarios que posean residencia en las Islas Canarias, que deban hacer facturas por la actividad económica que lleven a cabo, por eso, están obligados a liquidar el IGIC de manera trimestral. Esto afecta a todos los que hayan presentado cada tres meses los modelos 410, 411, 418, 419, 420 y 421.
Por esto y mucha cosas más, hicimos especial hincapié en la introducción de este artículo que no todas las leyes de España son las mismas que en otras regiones de la nación, ya que las comunidades autónomas poseen leyes fiscales propias con las que pueden tranquilamente ofrecer a sus ciudadanos, modelos que puedan presentar ante la Agencia Tributaria de ese territorio.
Esperamos poder haberte ayudado y que este post te sirva para que te guíes y no estés con esas mismas interrogantes que tantas vueltas le daban a tu cabeza. Ahora, ya sabes que el Modelo 425, es un documento que solamente deben presentar los trabajadores autónomos y empresarios que vivan en las Islas Canarias, por lo que los demás ciudadanos españoles de otras regiones quedan completamente exentos de esta.
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