Modelo 232

Sin duda alguna, España es uno de los países y territorios donde el pago de impuestos y tributación, es de las más altas. No es para nada un paraíso fiscal.

Las personas que poseen amplias riquezas, tanto monetaria como de bienes e inmuebles, prefieren a toda costa mudarse a territorios o naciones donde la tributación es mucho más baja que en su país de origen. Andorra, por ejemplo.

modelo 232 paraíso fiscal

Hemos hecho mención en varias oportunidades acerca de los paraísos fiscales, y eso porque el tema que tocaremos el día de hoy, en este post, irá completamente dedicado al Modelo 232, uno que está estrechamente ligado a este asunto de los países donde la tributación de impuestos es más baja. España, como otros países, ven con malos ojos a esas naciones.

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En muchísimos casos, puede que esas riquezas que están registradas en dichos paraísos fiscales, provengan de corrupción y demás actos que son penados en cualquier país del mundo, o al menos en aquellos donde sí se cumpla la ley sin importar de quién se trata, como también del puesto que tenga este en el ámbito financiero. Hoy, hablaremos del Modelo 232. ¡Vamos!

Modelo 232 AEAT

La mayoría de los modelos que deben presentar los ciudadanos o contribuyentes españoles a la AEAT –Agencia Estatal de Administración Tributaria-, son para pagar impuestos y demás tributos, pero hay un selecto grupo de estos documentos los cuales sirven únicamente con el fin de dar una declaración informativa de cumplimentación obligatoria. Así es el Modelo 232.

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Por consiguiente, este es el caso del 232, la cual se debe cumplimentar y presentar en caso de que realices o lleves a cabo operaciones que estén vinculadas o posean algún tipo de relación –por mínima que sea- con países o territorios declarados mundialmente como paraísos fiscales, lo que quiere decir, de territorios donde la tributación es más baja de lo normal.

Una de las preguntas que más frecuentemente se hacen los españoles, es por qué se creó el Modelo 232, qué motivó realmente a la Agencia Tributaria para darle rienda suelta a este documento que actualmente posee tanta importancia y relevancia en el ámbito fiscal español. Obviamente, todo esto tiene que ver con el tema de los paraísos fiscales, pero eso te lo explicaremos a continuación.

modelo 232 aeat

España sabe que las operaciones económicas que se vean vinculadas o relacionadas con los paraísos fiscales, son dos importantes puntos a tratar en el fraude fiscal. Por tal motivo, la Hacienda española vita este tipo de operaciones fraudulentas, por decirlo de alguna manera, y ante ello provee a sus contribuyentes de diversas obligaciones formales relacionadas con estas.

Por una parte, la Agencia Tributaria ha venido creando distintas y diferentes obligaciones de mantener la documentación relaciones con este tipo de operaciones. Además de ello, se debe remitir cierta y determinada información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para que esta tome cartas en el asunto y ejerza su autoridad sobre estos documentos o trámites.

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La remisión de este tipo de información la han venido haciendo mediante la propia declaración del Impuesto sobre Sociedades. En este punto, la Agencia Tributaria intenta es agilizar el Modelo 200 de declaración, creando así el Modelo 232, el cual es una declaración netamente de carácter informativo. Esto es todo lo que debes saber acerca de este modelo. ¡Vayamos por más!

Modelo 232 obligados a presentar

Es importante tener claro los términos básicos relacionados con este modelo, y por eso que deberás saber si estás o no en la obligación de presentar el Modelo 232. Este documento de declaración informativa de operaciones, está hecha y debe ser presentada por personas o entidades vinculadas, contribuyentes del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen a través de establecimientos permanentes.

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A su vez, también deben presentarlo las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, pero que posean presencia en territorio español. Debes tomar muy en cuenta que para que este tipo de ciudadanos o contribuyentes deban presentarlo, tienen que darse varios casos, los cuales te mostraremos a continuación. ¡Sigamos!

1-El conjunto de operaciones ejecutadas en el período de tiempo impositivo, del mismo tipo y bajo el mismo método de valor, supera el 50% de la cifra de negocio de la entidad. 2-El conjunto de operaciones realizadas en el período impositivo supera los 100.000 euros en operaciones específicas del mismo tipo y método de valoración. 3-Los que hagan operaciones durante el mismo período con la misma persona o entidad vinculada por un valor que supere los 250.000 euros, siempre que no sean específicas.

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Es importante resaltar el qué se consideran operaciones específicas. Operaciones realizadas entre una sociedad y una persona física que tribute en módulos, cuando este individuo o sus familiares tengan en la sociedad una participación igual o superior al 25%. Operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, salvo algunas excepciones.

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Transmisiones de negocio o de acciones o participaciones sociales de una sociedad que no cotiza en la bolsa. Transmisión de inmuebles y operaciones sobre activos que sean intangibles, como por ejemplo, la cesión del derecho de uso de una patente. Estas son las consideradas operaciones específicas.

Modelo 232 rellenar

Si estás en la obligación de presentar el Modelo 232, debes saber cómo rellenarlo, así que mantente atento a nuestras indicaciones. El primer paso o la primera parte de este, es la identificación, y por motivos que ambos ya sabemos, y que son bastante obvios, ahí deberás anexar información relacionada a tu NIF, nombres y apellido y la razón social.

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En la segunda parte, te encontrarás con la casilla de “Devengo”. Este apartado se rellenará de manera automática al nomás inscribir la fecha de inicio del período impositivo. Tendrás que indicar, el Código CNAE, de tu actividad principal y tendrás que marcar –si lo es- la X en la Declaración Complementaria o la Declaración Sustitutiva. En el primer caso, debes incluir datos omitidos de una declaración pasada, en el segundo, si tienes la intención de anularla.

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