Modelo 651

Los residentes españoles tienen bastante claras las leyes fiscales y demás trámites que debes seguir para ser considerado un ciudadano ejemplar.

Ahora, si tu caso es el de un inmigrante que busca una mejor calidad de vida en España, créeme que mucho antes de siquiera pensar en mudarte a dicho país, deberás estudiar e instruirte acerca de todas y cada una de sus leyes.

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Algunas son sencillas, y es que cualquiera podría entenderla con una breve y concisa explicación, pero hay otros casos donde la cosa se complica, puesto que son más papeles y se torna un tanto tedioso para algunas personas. Como no eres un ciudadano español como tal, nacido y criado allí, debes acoplarte a su estilo de vida, sus leyes, costumbres, tradiciones, entre muchas otras más.

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Si hablamos de severidad fiscal, creo que sin duda alguna, España encabezaría dicha lista, ya que es una de las naciones más exigentes de todo el mundo, y es que esto se debe a que viven en una constante lucha contra aquellas personas que tienen intenciones ocultas, tales como la de evadir impuestos. En este artículo, te hablaremos del Modelo 651. ¡Descubrámoslo!

Modelo 651 AEAT

La máxima autoridad fiscal en España, es la Agencia Estatal de Administración Tributaria, también conocida por sus siglas como AEAT, o simplemente como Hacienda. Este ente se encarga de regular y apretarles las tuercas a aquellas personas que buscan ocultar ingresos y gastos generados mediante sus respectivas actividades económicas. ¿Eres de esos? ¡Esperemos que no!

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Asimismo, la Agencia Tributaria provee a todos los contribuyentes españoles de una gran cantidad de lo que ellos denominan como “Modelos”, y es que estos son utilizados por ellos para tener un mayor control sobre los impuestos y demás trámites de verificación y rectificación de datos de toda la ciudadanía española, en especial los que poseen locales comerciales y demás espacios.

De igual manera, si no cuentas con un establecimiento donde ofrezcas algún producto o servicio, o mejor dicho, si eres un ciudadano común, de igual manera deberás presentar estos modelos para que estés al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). En este artículo, te hablaremos y explicaremos un poco acerca del Modelo 651. ¿Listo? ¡Vamos!

modelo 651 aeat sucesiones donaciones

El Modelo 651 corresponde al de los Impuestos de Sucesiones y Donaciones, el cual es tomado en cuenta como un tributo cedido en su totalidad a las Comunidades Autónomas, en lo que refiera a gestión y recaudación. Por otra parte, estas tienen la capacidad total y normativa sobre la tarifa, así como también de las reducciones en la base imponible y las bonificaciones en cuotas.

No obstante, el Modelo 651 de Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, entra en el grupo de trámites de naturaleza directa y subjetiva, la cual grava todos y cada uno de los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por las consideradas fiscalmente como personas físicas, en los términos previstos en la actual Ley Española. Sin embargo, los incrementos de patrimonio, los cuales sean obtenidos por personas jurídicas, no están sujetas a este impuesto, sino al Impuesto sobre Sociedades.

Modelo 651 presentar

Teniendo bastante claro lo que es y lo que representa el Modelo 651 para la ciudadanía española, te explicaremos un poco en este nuevo segmento, quién puede iniciar este trámite, así como también dónde se debe presentar, de esta manera, la información que ya te aportamos con anterioridad en los párrafos de arriba, estará mucho más complementada. ¡Sigamos!

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Una de las preguntas más frecuentes que se hacen las personas con respecto a este modelo es: ¿Quién puede iniciarlo como tal? Pues para despejar esta constante duda, te responderemos con que el donatario o favorecido por las donaciones, es el responsable de presentar, cumplimentar y entregar el Modelo 651 y abonar el respectivo importe que le corresponda.

modelo 651 rellenar

Si perteneces a ese grupo de contribuyentes, en el supuesto caso de donaciones de bienes diferentes a inmuebles –dinero, por ejemplo-, la liquidación del impuesto, deberás y tendrás que presentarla de manera obligatoria en la Comunidad Autónoma donde resida o posea su residencia habitual el donatario. En caso de inmuebles, la liquidación del impuesto tendrás que presentarlo en la Comunidad Autónoma donde se encuentren estos.

Modelo 651 Madrid

Si no sabías, Madrid, es la capital de España, y es una de las ciudades con más habitantes de ese país, y es por eso que hay delegaciones de la Agencia Tributaria en gran parte su geografía, por lo que si no te gusta mucho la idea de tramitar este documento a través de internet, puedes tranquilamente acudir a alguna oficina o agente autorizado para que cumplas con tus obligaciones fiscales. ¿Telemática o presencialmente? ¡Tú decides!

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Modelo 651 Junta de Andalucía

Las Comunidades Autónomas donde más se suelen presentar este modelo, son las comunidades de Madrid, Andalucía y una que te mencionaremos en la venidera o próxima sección de este artículo. Al igual que la de Madrid, es posible que presentes y rellenes el Modelo 651 en la Junta de Andalucía a través de internet, así que no esperes un segundo más para que cumplas con todos los requisitos que te solicitarán. ¡Tú puedes!

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Modelo 651 GVA

Como te comentamos anteriormente, las Comunidades Autónomas juegan un papel fundamental en la presentación y entrega del Modelo 651. España posee muchas, y una de ellas, aparte de las comunidades de Madrid y Andalucía, es la Generalitat Valenciana, y es que al igual que las dos anteriores, esta también posee un sitio web oficial donde hallarás toda la información que requerirás.

modelo 651 gva

Nomás deberás ingresar en la plataforma digital de la Generalitat Valenciana y allí encontrarás una gran serie de documentos en formato PDF para que los puedas leer y descargar tranquilamente, entre ellos conseguirás planillas de instrucciones, información, autorización y descargas. Si resides en la comunidad de Valencia, te recomendamos visitar su sitio web. ¡Hazlo!

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Lamentablemente hemos llegado al final de este artículo, pero ahora te haremos la siguiente pregunta: ¿Estás satisfecho con la información que te proporcionamos? Pues esperemos que sí, porque nuestro principal y único propósito, es el de brindarte la más adecuada y exacta información acerca de los temas más relevantes de la actualidad, sobre todo en España.

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