El gran propósito de muchos seres humanos en esta vida, es trabajar duro por unos años para luego, fruto de ese esfuerzo, abrir su propio negocio.
Al menos de esa manera piensan gran parte de los ciudadanos españoles. La mayoría de ese numeroso grupo de personas, se decantan por la opción más fiable de todas, el trabajar por cuenta propia, o sea, convertirse en autónomo.
Se podría decir que es un estilo de vida laboral que está muy de moda en la actualidad, pero no se trata de eso, sino de tener un poco más de control, responsabilidad y sobre todo empatía por la actividad económica que estás o vas a desarrollar en un futuro. La figura del trabajador autónomo en España, ha tomado gran notoriedad, al igual que en Francia y los Países Bajos, por ejemplo.
Esa breve introducción nos servirá para ubicarte en contexto de lo que te hablaremos en el artículo de hoy, cuyo tema principal y protagónico será únicamente todo lo referido al Modelo 190. De aquí en adelante descubriremos qué es, para qué sirve, cómo rellenarlo, qué ciudadanos están obligados a confeccionarlo y presentarlo, además de muchas cosas más. ¡Acompáñame!
Modelo 190 qué es
Si eres nuevo en este mundo de la autonomía laboral, o siquiera estás pensándolo muy bien para iniciarte en él, créeme que no te arrepentirás, estarás tomando quizá una de las mejores y más acertadas decisiones de toda tu vida. Claro está que el ser autónomo trae consigo muchísimas responsabilidades, pero de verdad valdrá mucho la pena. No sabes cuánto.
Para que tengas una idea más clara, un censo realizado en España en el año 2018 dictó que posee una densidad poblacional de 46,72 millones de habitantes, de los cuales, en ese mismo año, lograron obtener cifras referentes a los trabajadores autónomos de ese país. Se estima que en el territorio español, en la actualidad, hay más de 3 millones de autónomos registrados.
Esos números van in crescendo día a día, los ciudadanos prefieren a toda costa trabajar por cuenta propia para no estar recibiendo órdenes y adecuarse a su propio sistema de trabajo. Obviamente no es una tarea fácil, ya que requiere de muchísimo esfuerzo y dinero, pero de a poco te irás dando cuenta que fue una gran decisión. Con el tiempo, ese esfuerzo dará sus frutos.
Uno de los aspectos que más tienes que tomar en cuenta al momento de pasar a convertirte en un trabajador autónomo o por cuenta propia, es la gran cantidad de trámites burocráticos, en este caso modelos, que deberás rellenar, confeccionar, cumplimentar y presentar al máximo ente fiscal y financiero de España, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o Hacienda.
Entre dichos modelos, se hallan una gran cantidad, pero uno de esos es el Modelo 190, cuyo propósito es el de fungir como una especie de resumen anual de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) practicadas en las nóminas de todos y cada uno de los trabajadores, así como de las facturas de profesionales y empresarios como tal.
Esto quiere decir, que todos los trabajadores autónomos y empresarios, están en la completa y absoluta obligación y responsabilidad de presentar las declaraciones a modo de resúmenes de todo lo que hayan recaudado en concepto de un impuesto determinado. Claro está, que el formulario de este modelo debe ser confeccionado y rellenado de manera anual, año tras año.
Entonces, ya sabemos que el Modelo 190 es una declaración que se practica año a año, en la que se recogen todas las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que un profesional o empresario practica en las nóminas de sus respectivos trabajadores, así como también en las facturas que emiten a empresario o profesionales, además de otros conceptos menos frecuentes y de menor interés, por decirlo de alguna manera.
Una gran parte de los modelos que deben ser presentados ante la Agencia Tributaria por parte de los trabajadores autónomos y asalariados, tienen cierta similitud o semejanza con algunos otros, ya que en algunos casos, se tratan simplemente de modelos simplificados, o en otros casos, reúnen más detalles o elementos en ese mismo. Un tanto complejo, pero no tan difícil de entender.
Como esos otros modelos, el 190, tiene uno al que tranquilamente podríamos denominar como su “hermano”, y ese es el Modelo 111, el cual vendría a ser su equivalente a modo trimestral, ya que el 190 es anual. En el 111, tal cual como en el 190, se declaran rendimientos de trabajo y actividades económicas, además de premios, ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
Para que lo comprendas de una mejor manera, te podríamos definir el Modelo 190 como el principal responsable de recopilar toda la información vertida de forma trimestral en el Modelo 111, a través del cual el trabajador autónomo o empresario, hace entrega a la Agencia Tributaria del dinero que no ha pagado a sus empleados o a otros profesionales autónomos en nombre de estos últimos.
En pocas palabras, o por lo tanto, el declarante de este Modelo 190, actúa o cumple la función de recaudador para la Administración, que en este caso vendría siendo la Agencia Tributaria (AEAT) o Hacienda, la cual posteriormente devuelve ese dinero a la cuenta del trabajador, al profesional autónomo o al empresario a través de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Modelo 190 para qué sirve
A veces, por muy claras que tengamos las cosas, siempre es bueno recordar un poco, repasar esos aspectos que quizá, conforme pasa el tiempo, van quedando en el olvido. Ante tal posible situación que podría llegar a presentarse, lo mejor es refrescar un poco eso para que así no te compliques a la hora de cumplimentar y presentar el Modelo 190 de la Agencia Tributaria.
El Modelo 190, básicamente, en palabras bastante sencillas, es un resumen de carácter anual, una especie de fusión con el Modelo 111, presentándose este último de manera trimestral. Esto quiere decir que sirve para que las empresas, autónomos y demás obligados tributarios, liquiden las retenciones que deriven de las nóminas de los trabajadores y retenciones de facturas a profesionales.
Rellenar modelo 190
¿Creías que nos íbamos a ir sin explicarte o aportarte detalles, sugerencias e indicaciones acerca de cómo rellenar el Modelo 190 de la Agencia Tributaria? Pues no, ya que este es uno de los puntos más importantes dentro de la confección y posterior presentación de dicho documento. Consta de únicamente dos páginas, pero que sin duda te pondrán a sudar por la gran cantidad de casillas que posee. ¡Manos a la obra!
¿Con qué tipo de contenido te encontrarás en el formulario del Modelo 190? Esta es una de las preguntas más frecuentes, pero acá disiparemos esa duda. Uno de los puntos, es el del declarante. En él, deberás colocar todos y cada uno de los datos que te solicitan, como también anexar una etiqueta de la Agencia Estatal. A su vez, podrás adjuntar una fotocopia que acredite el NIF.
El siguiente punto tiene que ver con la persona y contacto. Para evitar cualquier tipo de incidencias o errores en el trámite propiamente dicho, en este, tendrás que colocar el nombre y los dos apellidos de la persona que realizará la declaración, así como el número de teléfono de dicha persona. Dicho número telefónico, debe ser que tenga consigo esa persona a donde quiera que vaya, puesto que será el número de contacto del ciudadano.
Con respecto a la presentación como tal del Modelo 190, en este espacio, tendrás que poner el año, como también las cuatro cifras. Claramente, debe ser el año del que harás la declaración, y no del año en curso. Una vez lo tengas claro, marca la casilla de la modalidad de declaración con una X. A modo de consejo, te diremos que no podrás presentar el documento cuando el modelo tenga más de 15 registros de percepción.
Ahora, vamos por las casillas. En la número 1, colocarás el importe de las percepciones, y bueno, en caso de que un perceptor tenga más de una aparición en hojas interiores, debes contar todas las veces que este aparezca en ellas. En la 2, pondrás el importe total de las percepciones relacionadas con el modelo. Si en las hojas interiores, se hallan cantidades con signo negativo, dichas cantidades son indebidas, perteneciendo a los ejercicios anteriores.
Dichas cantidades de la casilla 2, son computarizadas con el signo – a la hora de fijar todos los importes. En la casilla número 3, te encontrarás con el importe total de todas las retenciones y los ingresos que están completamente relacionados con esta cuenta. En el siguiente apartado dentro del formulario, se hallan dos tipos de declaraciones: las sustitutas o complementarias y las de anulación o modificación de datos. ¡Veamos de qué se trata!
Las primeras en cuestión, refiriéndonos a las sustitutas o complementarias, en caso de que desees añadirle declaraciones complementarias que pertenezcan a otro tipo de declaraciones o datos que hayan sido omitidos o borrados, deben ser marcados e incluir junto al modelo, una hoja del resumen que contenga los datos dejados a un lado en las anteriores, como también el número de hoja.
Ahora, en la declaración por anulación o modificación de datos, tendrás que colocar una X en dicha casilla para así adjuntar los datos que debes incluir en este modelo que se confeccionó erróneamente. Hay casos en los que quieras hacer una anulación de datos, y si es el tuyo, presenta un modelo del mismo año con datos reales, puesto que no se podrá anular sin la presentación de otro.
En la declaración sustitutiva, deberás marcar la casilla cuando te veas en la necesidad de enviar una declaración que sustituya completamente a otra. Al momento de verificar y cambiar el modelo como tal, tendrás que enviar una hoja resumen de los datos con el número de identificación del modelo, el cual deberá contener un total de 13 dígitos.
La tarea quizá más sencilla de este modelo, para terminar la cumplimentación, es la debida y obligatoria colocación de la fecha y la firma en los espacios únicamente reservados para este propósito. A parte de ello, también se deberá colocar el cargo de empleo que se tiene o está llevando a cabo. Este paso es el más fácil de todos, solo requiere de la fecha y tu firma para estamparla allí.
En cada una de las hojas interiores, hallarás varias casillas que deberás rellenar con datos de identificación, o identificativos, como mayormente se les conoce en estos casos. Hay una casilla apartada para el NIF, allí deberás colocar el DIN de declarante. En la siguiente, la casilla ejercicio, tendrás que anexar los dígitos correspondientes a dicho ejercicio.
En la casilla hoja número, colocarás el número de hoja que corresponda para que puedas tener mayor orden en ese aspecto. Dichos dígitos, deberán anexarse de la siguiente manera, una que te mostraremos a continuación: 1 /3 2/ 3 3/3. En los venideros párrafos, te hablaremos un poco también acerca de los datos del perceptor, así que síguenos en esta aventura. ¡Vayamos!
En referencia a estos, tendrás una casilla apartada para el NIF receptor, en el que colocarás el Número de Identificación Fiscal. A parte, otra para el NIF del representante. Esta la rellenarás en caso de que el perceptor sea menor de 14 años. Otra casilla, es la de apellidos y nombre. Lógicamente, en ella plasmarás los nombres completos de la persona física. En la última casilla, dedicada a la provincia, indicarás el código de provincia. ¡Esto es todo!
Modelo 190 AEAT
Hay normas establecidas para las personas que se ven en la obligación de presentar el Modelo 190, y esos son todos los autónomos y empresarios que se ven bajo la misma condición de presentar cada tres meses el Modelo 111. El 190, no es más que una especie de resumen anual de los presentados anteriormente,
Ahora, todos los ciudadanos que deberán presentar el Modelo 190, son todos aquellos que hayan tenido rentas como estas: rendimientos del trabajo (nóminas de trabajadores a cargo) y rendimientos económicos, incluyendo también los profesionales. En esta categoría, también se anexarán premios otorgados de juegos, así como concursos, donaciones y planes de pensiones.
Con respecto a la presentación del Modelo 190, este debe ser presentado de manera anual, o sea, cada año, entre el 1º y 31 de enero respecto al ejercicio del año anterior. Claramente, se presenta telemáticamente o a través de internet, que vendría siendo completamente lo mismo.
Modelo 190 PDF
¿Deseas descargar el Modelo 190 en formato PDF y no sabes cómo hallarlo? Pues te recomendamos que accedas a la página web oficial o sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o Hacienda, donde encontrarás este y muchos otros modelos más para que los descargues en formato PDF y así puedas, una vez descargados, imprimirlos y rellenarlos a modo de práctica. ¡Ponte manos a la obra!
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