En España, como debes lo debes tener claro, se pagan impuestos por todas y cada una de las actividades económicas que llevan a cabo sus contribuyentes.
Es algo completamente normal que todos los ciudadanos que hacen vida laboral en el territorio español, presenten diversos modelos fiscales para mantenerse al corriente con los pagos ante la Agencia Tributaria (AEAT).
Quizá si estás pensando en mudarte para establecerte en España, ya sea de manera personal o comercial, debes tomar muy en cuenta las obligaciones y responsabilidades fiscales a las que te expones una vez logras abrir un establecimiento comercial o cualquier actividad económica que te genere ciertas ganancias, deberás destinar un porcentaje a la Agencia Tributaria.
Muchos son los modelos fiscales que los contribuyentes españoles deben rellenar, cumplimentar y presentar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), y uno de ellos es el Modelo 848, del cual te hablaremos en el artículo del día de hoy. Son muchas cosas que te mostraremos, así que mantente atento para que apuntes lo que más te llame la atención. ¡Vamos!
Modelo 848 qué es
Primero que nada, debemos saber qué es el Modelo 848, y es por eso que el primer segmento de este post, irá dedicado a todo lo que tenga que ver con este modelo proveído por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), el máximo ente fiscal de toda España. Posteriormente, iremos desglosando todo lo relacionado con este modelo a medida que avancemos.
El Modelo 848 es utilizado con la finalidad de comunicarle a la Agencia Tributaria o Hacienda, el importe neto de la cifra de negocios a efectos del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) si no hemos realizado constar su importe en la declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS), en la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el Modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
Ahora, con respecto a las exenciones del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) prevista para las personas jurídicas con cifras de negocio que no traspasen la cifra de un millón de euros, se practicará de oficio según lo previsto y estipulado en la Orden HAC/85/2003 por lo que de estar exentos no tendremos que presentar bajo ninguna condición este modelo como tal.
Modelo 848 cuándo se presenta
El Modelo 848 está bastante relacionado con el 840, motivo por el cual, de acá en adelante, será normal que lo citemos con bastante frecuencia, pero de igual manera no mezclaremos a ambos porque puede que te confundas, y si bien son casi iguales, uno cuenta con ciertos parámetros que al otro le faltan, por lo que te aconsejamos que los diferencies. Descuida, nosotros te ayudaremos.
En este nuevo bloque, te hablaremos un poco acerca de cuándo debe presentarse este modelo, como también de los demás modelos que tendrán que presentar los obligados a declarar por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Por una parte, los obligados a presentar la declaración por el IAE, rellenarán la declaración de alta en el Modelo 840.
Por el otro lado, tendrán que presentar el Modelo 848 para hacer constar el importe neto de su cifra de negocios; salvo que presenten Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el Modelo 184 de declaración informativa, entidades en régimen de atribución de rentas. A continuación, te mostraremos la información de cuándo debes presentarlos.
El Modelo 840 para indicar la declaración de alta por inicio de actividad, se presentará antes de un mes desde el inicio de la actividad económica. Ahora, por su parte, el Modelo 848, se presentará entre el 1º de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Cumplimentar Modelo 848
Si te mata la curiosidad por saber qué trae consigo el Modelo 848, acá te brindaremos información detallada acerca de las dos páginas que trae consigo, además del contenido que deberás incluir en sus diferentes casillas. Una página es para ti, pero la otra –una copia exacta- deberás presentarla a la Agencia Tributaria. Cuenta con 7 apartados, que van desde el 1 al 8, puesto que no existe el apartado 6. ¿Inquieto? ¡Comencemos!
1-Solicitante: En este primer apartado, anexarás tus datos identificativos. 2-Entidad de crédito o aseguradora sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades o contribuyente del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúe a través de establecimiento permanente: Acá, incluirás el importe neto de tu cifra de negocios. 3-Sociedad civil o entidad a que se refiere el Artículo 33 de la Ley General Tributaria: Al igual que en la anterior, el importe neto de tu cifra de negocios correspondientes al penúltimo ejercicio y al anterior.
4-Grupo de sociedades, Artículo 42 Código de Comercio, incluidas entidades de crédito y aseguradoras: En esta casilla, deberás cumplimentar los siguientes apartados: Importe neto de la cifra de negocios del conjunto de las entidades del grupo y el NIF de las entidades del grupo. 5-No residente con más de un establecimiento permanente en España: Tal cual que en la casilla anterior, consta de dos epígrafes a rellenar: Importe neto de la cifra de negocios en territorio español del conjunto de establecimientos permanentes y el NIF de estos.
6-Representante: Tendrás que incluir los datos identificativos y personales del mismo, sea NIF, nombre y apellidos o razón social, y domicilio. 7-Fecha y firma: Para terminar, en la última casilla lo único que deberás hacer es estampar tu firma en el modelo donde anexarás también la fecha para que quede constancia del día en el que has presentado el documento.
Este sea quizá uno de los pasos más importantes para los contribuyentes españoles, el rellenar, cumplimentar y presentar el Modelo 848 de manera correcta y sin errores, ya que dicha presentación podría verse anulada por algún dato que no coincida con los aportados por tu persona.
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